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Actualidad Noticias | ¿Cómo ahorrar en el pago de impuestos en una compraventa de farmacia?

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La sesión de este jueves de Tus Jueves de Formación ha versado sobre “Fiscalidad en la compraventa”, en la que el director financiero de FarmaQuatrium, Gustavo Castro, ha analizado los impuestos que afectan tanto a la compra como a la venta de una oficina de Farmacia. La ponencia online fue presentada por Luis de Palacio, presidente de FEFE (Federación Empresarial de  Farmacéuticos Españoles) quien ha destacado lo importante que resulta “una buena planificación fiscal para poder optimizar al máximo los costes asociados a una transmisión y poder hacer bien los números de una operación de esta envergadura sin sobresaltos”.

Tomaba la palabra el director financiero de FarmaQuatrium quien ha considerado crucial una óptima planificación fiscal para que este tipo de operaciones sean un éxito tanto para quienes compran como para quienes vendan. Para Gustavo Castro “conocer bien los impuestos que inciden en la compraventa permitirá saber de antemano a qué cargas impositivas tendremos que hacer frente para tomar las mejores determinaciones y poder sacar un mayor rendimiento económico a la operación”.

En su intervención, Castro ha avanzado todos los impuestos que gravan este proceso; cuáles afectan al comprador y al vendedor; y cómo pueden variar dependiendo de las diferentes Comunidades Autónomas. Y es que, el experto financiero de FarmaQuatrium,  ha insistido en lo fundamental que resulta que “tanto el comprador como el vendedor estén bien informados acerca de los costes a los que tendrán que hacer frente así como de las últimas reformas fiscales sobre ganancias patrimoniales que le afectarán”.  Para ilustrar su explicación, Castro ha echado mano de diferentes ejemplos y ha relatado de qué manera se puede ahorrar en el pago de tributos si se lleva a cabo una correcta organización fiscal profesional y personalizada.

Impuestos a los que tendrá que hacer frente el comprador

Tres son los impuestos que gravan al comprador, tal y como ha explicado el director financiero de FarmaQuatrium: el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) que afecta a la compraventa de inmuebles y que cada Comunidad Autónoma tiene su propio baremo, y el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). De este último quedan fuera las oficinas de Farmacia “si se transmite completamente una farmacia (fondo de comercio, medicamentos, mobiliario, etc.), y siempre que se continúe con la actividad”. En este sentido, Gustavo Castro se ha detenido en la renuncia a la exención de IVA. Esta es una opción bastante habitual en operaciones inmobiliarias, que se podría aplicar en la compra de un local de farmacia si se dan una serie de condiciones: “el comprador podrá deducir dicho impuesto mediante el mecanismo de renuncia a la exención de IVA e inversión del sujeto pasivo”.

Impuestos a los que tendrá que hacer frente el vendedor

En el caso de los tributos que gravan al que vende una oficina de Farmacia, Gustavo Castro ha destacado la Ganancia Patrimonial y  la Plusvalía Municipal. En lo que se refiere a la primera, el director financiero se ha referido a la Base Imponible, que es la diferencia entre el precio de venta de la farmacia y el Valor Neto Contable que “que es el valor de compra menos las amortizaciones fiscales ya realizadas” y, en este sentido, ha apuntado la importancia de la Amortización del Fondo de Comercio “para obtener importantes ventajas fiscales por su efecto impositivo y el aumento de liquidez que ofrece a la actividad económica del negocio”. Castro ha explicado que “quien compra una oficina de farmacia tiene la posibilidad de aplicar como gasto en sus declaraciones tributarias un porcentaje de la inversión que ha hecho y, de este modo, podrá aminorar considerablemente la carga tributaria anual de su actividad económica”.

En lo que respecta a la Plusvalía Municipal, Castro ha resaltado que se trata de un impuesto muy polémico que se fija en los terrenos de naturaleza urbana y que cuantifica el aumento del valor del suelo en el que se ubica nuestro inmueble. “Un impuesto que se aplicara cuando se vende, se dona o se hereda el local de la botica”.

Otro de los impuestos en las oficinas de farmacia es el de Donaciones y Sucesiones que permite, ha recordado Gustavo Castro, bonificaciones de hasta el 95% del valor de la donación, “siempre y cuando la donación se haga a favor del cónyuge o descendientes; el donante tenga más de 65 años y deje de ejercer y de recibir remuneraciones; o que el donante continúe con la actividad de la botica y sea su principal fuente de renta”.

El jueves 28 de abril, Castro cerrará el módulo Claves para afrontar la compraventa de una Farmacia con confianza que se está desarrollando a lo largo de este mes de abrilcon un seminario en el que hablará sobre las Oportunidades de la transmisión familiar y nuevos retos para optimizar el patrimonio.

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Halley
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