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Punto de venta | Impacto de la reforma de autónomos sobre la oficina de farmacia

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Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo aprobada por unanimidad por el Pleno del Senado, salió publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 25 de octubre. El objetivo de las 20 medidas que contempla la normativa es mejorar las condiciones de estos trabajadores.

Aunque en la farmacia también existen los denominados autónomos familiares colaboradores, la norma va dirigida a los autónomos titulares y cotitulares, con el objetivo de ir equiparando el régimen de autónomos al de los trabajadores por cuenta ajena. A pesar de que queda mucho por avanzar en este terreno, algunas de las novedades son positivas para los autónomos, de modo que los titulares de farmacia se podrán ver beneficiados de las mismas.

 

Impulso a la conciliación de la vida familiar y laboral

Entre las medidas más valoradas por el colectivo se encuentran las encaminadas a potenciar la conciliación de la vida familiar y laboral. Esto es importante en un sector tan feminizado como la oficina de farmacia. Así, las titulares de farmacia estarán exentas del pago de la cuota de autónomos durante el descanso por maternidad, y esto también se aplicará en caso de paternidad, adopción, riesgo durante el embarazo o lactancia. Asimismo, la cuota a pagar de las trabajadoras que se reincorporen al trabajo durante los dos años después de haber sido madres será de 50 euros mensuales durante el primer año.

También en la línea de favorecer la conciliación con la vida familiar, los autónomos que han solicitado reducción de jornada, tengan a su cargo a menores de 12 años, o familiares hasta segundo grado de consanguineidad en situación de dependencia o con discapacidad, pueden ver bonificada su cuota a la Seguridad Social un 100% durante 12 meses si son sustituidos por otro trabajador contratado.

 

El 100% de la pensión por jubilación activa

En la profesión farmacéutica, es habitual acogerse a la jubilación activa. Los propietarios de las farmacias que lo hagan pasarán de cobrar el 50% de la pensión a percibir el 100% sin dejar de trabajar si tienen contratada al menos una persona por cuenta ajena.
En una profesión como la farmacéutica puede tener mayor repercusión otra de las novedades de la Ley, que es la bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes durante un año por la contratación indefinida de familiares hasta segundo grado de consanguineidad. Uno de los requisitos para acogerse a esta ventaja es no haber despedido a ningún trabajador de manera improcedente durante el último año.

 

Accidentes in itinere

Los accidentes que se produzcan en el trayecto desde el domicilio hasta el centro de trabajo, denominados in itinere, serán reconocidos como accidentes laborales para los autónomos, que cobrarán el 75% de las prestaciones. Para percibir esta ayuda tendrá que pagarse la cuota de contingencias profesionales.

La nueva Ley tiene entre sus objetivos ayudar a los autónomos a emprender la actividad, que es el momento que entraña más dificultades. Para conseguirlo, otra de las medidas contempladas en la nueva Ley es lo que ha venido a denominarse “tarifa plana”, es decir, que los trabajadores que se den de alta como autónomos pagarán una cuota de 50 euros a la Seguridad Social durante un año, en vez de seis meses como venía siendo hasta ahora.

 

Menor penalización en las demoras de pago

Por otro lado, el retraso en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, que actualmente se penaliza con un recargo del 20% de la deuda, pasará a ser del 10%, siempre que el pago se realice durante el primer mes del vencimiento del plazo para el ingreso. El recargo aumentará hasta el 20% cuando las cotizaciones se abonen entre el primer y el segundo mes y al 35% si se supera este plazo.

Con la nueva norma, será posible deducirse 26,67 euros al día en dietas, lo que supondría un ahorro para los titulares de farmacia que coman fuera de su domicilio, siempre y cuando justifiquen el gasto, que debe realizarse de forma telemática y en restaurantes.

 

Valoración del impacto de la reforma

Todas estas medidas suponen un paso adelante en la situación de los autónomos. “Una Ley aprobada por unanimidad en el Congreso y ahora aprobada en el Senado sin cambios debe ser una gran Ley que facilita la vida a los autónomos. Debemos estar muy satisfechos por el trabajo realizado”, aseguró Lorenzo Amor, el presidente de Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) tras la aprobación de la reforma por parte del Pleno del Senado. “Es una Ley que mejora la protección social, las condiciones para emprender y reemprender, que elimina trabas y facilita la actividad. En definitiva, es una ley que da voz a los autónomos. Permitirá que se sumen más autónomos, que consoliden su actividad y que se pueda crear más empleo”, añade.

Sin embargo, reconoce que “queda mucho que trabajar”. Y es que, si bien es cierto que se verán beneficiados sobre todo las mujeres que sean madres, nuevos titulares y los que se jubilen pero deseen continuar con la actividad, estos trabajadores siguen jugando en desventaja con respecto al resto de profesionales, y quedan por resolver aspectos que los separan de los trabajadores a cuenta ajena como son los relativos al desempleo y la enfermedad profesional.

Tal y como opinan en la patronal de la micro, pequeña y mediana empresa de Cataluña, PIMEC, que también representa a los autónomos, el impacto práctico de estas medidas sobre los profesionales autónomos dependerá de su desarrollo reglamentario. Según recuerda el vicepresidente de PIMEC y presidente de la Comisión Económico-fiscal de esta empresarial, Joan Maria Gimeno, esta ley no es una norma tributaria y estos trabajadores “no están reconocidos como una categoría específica de contribuyentes”, por lo que debería haber unas obligaciones fiscales adaptadas a sus características.

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